Programa de apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras. - ASM Soft

Programa de apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras.

El apoyo a la creación y fortalecimiento de clusters forma parte de la estrategia europea de promoción de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y de la innovación.

En España, siguiendo con las orientaciones comunitarias, el Ministerio ha puesto en marcha medidas dirigidas a la consolidación de un mapa de clusters a través de los instrumentos de apoyo a las «Agrupaciones empresariales innovadoras» (AEIs).

Las ayudas adoptarán la forma de subvenciones y se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva según se prevé en la normativa reguladora de la aplicación del programa de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEIs). Este programa de apoyo al fortalecimiento de “cluster de innovación”, se inserta en la estrategia europea de mejora de competitividad para la innovación.

Las agrupaciones que pueden beneficiarse de las ayudas del programa son aquellas entidades cuyo potencial innovador y masa crítica las ha hecho merecedoras del reconocimiento del Ministerio a través de su inscripción en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras de este departamento.

 

¿Qué actuaciones son objeto de ayuda?

  • Puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión de las AEI «incipientes» mediante la financiación de parte de los costes del personal y de los gastos de administración y funcionamiento.
  • Realización de estudios de viabilidad técnica.
  • Desarrollo de actividades innovadoras.
  • Las actividades descritas en los apartados b) y c) podrán ser realizadas en cooperación entre varios miembros pertenecientes a una o a varias entidades inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras, ya sean AEI o empresas, que a la fecha de publicación de la convocatoria se encuentren ya inscritas en el Registro de AEI del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo o las propias Agrupaciones Empresariales Innovadoras.

 

¿Quiénes puedes ser los beneficiarios?

Únicamente podrán ser beneficiarias aquellas entidades inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. En el caso de actuaciones para el desarrollo de actividades de innovación en cooperación, además podrán ser beneficiarios los miembros de dichas agrupaciones.

 

¿Qué cuantía financiará la convocatoria?

En 2021, la convocatoria cuenta con un presupuesto de 8.000.000 euros.

  • Para el apoyo a la puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión de la AEI, podrán subvencionarse hasta el 50% de los gastos considerados subvencionables y hasta una cuantía máxima de 70.000 euros.
  • Para las actividades específicas de realización de estudios de viabilidad técnica de carácter preparatorio para proyectos de tecnología e innovación podrán subvencionarse hasta el 50% de los gastos considerados subvencionables y hasta una cuantía máxima de 50000 euros si el proyecto es individual y 75.000 euros si el proyecto es en cooperación.
  • Las intensidades de ayuda podrán incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas y en 20 puntos porcentuales si se trata de pequeñas empresas.
  • El desarrollo de actividades innovadoras de investigación industrial podrá subvencionarse hasta el 50% de los gastos considerados subvencionables hasta una cuantía máxima de 300000 euros si el proyecto es individual y 400.000 euros si el proyecto es en cooperación.
  • El desarrollo de actividades innovadoras de desarrollo experimental podrá subvencionarse hasta el 25% de los gastos considerados subvencionables hasta una cuantía máxima de 300000 euros si el proyecto es individual y 400.000 euros si el proyecto es en cooperación.
  • Las intensidades de ayuda para la investigación industrial y el desarrollo experimental podrán aumentarse hasta un máximo del 80% de los costes subvencionables cuando el proyecto cumpla determinados requisitos.
  • El desarrollo de actividades innovadoras de investigación en materia de procesos y organización podrá subvencionarse hasta un máximo del 15% de los costes subvencionables si se trata de grandes empresas y del 50% de los costes subvencionables en el caso de las PYME, hasta una cuantía máxima de 150000 euros si el proyecto es individual y 200.000 euros si el proyecto es en cooperación.

 

¿Qué gastos son subvencionables?

  • Gastos de personal técnico directamente involucrado en la ejecución de las distintas actuaciones.
  • Colaboraciones externas.
  • Viajes interurbanos y alojamiento por parte del personal técnico.
  • En las actuaciones dirigidas al desarrollo de las estructuras de gestión y coordinación serán también subvencionables los gastos de personal administrativo y gastos relativos a servicios necesarios para la gestión operativa de la entidad, excepto gastos financieros y de inversión.
  • En ningún caso se considerará subvencionable cualquier tipo de impuesto.

 

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

Del 12 de marzo al 9 de abril de 2021 ambos incluidos.

Si desea conocer que documentación es requerida para su solicitud, puede consultarla en el siguiente enlace https://clusters.ipyme.org/es-es/PoliticaClusters/NuevaPoliticaClusters/Programa/Paginas/Solicitudes.aspx

 

Para más información puede leer la convocatoria completa aquí https://clusters.ipyme.org/es-es/PoliticaClusters/NuevaPoliticaClusters/Programa/Paginas/DescripcionGeneral.aspx

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